este TRIBUNAL DE CONTROL N° 07 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD que le confiere la Ley: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del ciudadano JOSE MANOLO ZERPA SERRANO, venezolano, natural de El Vigía, nacido en fecha 09/01/87, de 23 años de edad, de ocupación obrero, titular de la cedula de identidad N° V. 20.939.091, y con domicilio en el Barrio Carlos Andrés Pérez, sector la Peña, calle principal, casa s/n, a 1 km de la parada de los carritos de mil, al frente de una bodega de nombre la bajadita, el Vigía Estado Mérida, por la presunta comisión del delito VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en los artículos 42 en concordancia con el articulo 15 numeral 4 de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perj.....