este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la HOMOLOGACION al convenimiento efectuado entre las partes en la Demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, interpuesta por la ciudadana: DANILZA JOSEFINA BARRIOS Venezolana, Titular de la Cedula de Identidad N° V-4.598.016, debidamente asistida por el ciudadano: Cesar A. Manrique P, Abogado en Ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 114.564 contra el ciudadano: RAMON ALCIDES CASTRO venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.598.016 de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose la misma como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.