Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación de Sentencias, interpuesto por el Abogado HÉCTOR GARCIA ESPEJO, actuando con el carácter de Defensor Privado de la ciudadana SOBELLA PETROCELLI ÁLVAREZ, en la causa signada con el N° FP01-R-2006-000189, contra la Sentencia publicada en fecha 04-05-2006, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz, donde dictó Sentencia Absolutoria a favor del ciudadano OCTAVIO GOMEZ ÁLVAREZ, por la comisión del delito de APROPIACIÓN INDEBIDA SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 468 del Código Penal.