Se dicto Sentencia Interlocutoria en virtud de la cual este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA IMPUGNACION efectuada por el abogado MARIO GARCIA SILVEIRA, en su condición de coapoderado judicial de la empresa demandada LLOYD AVIATION, C.A., en contra del informe de experticia complementaria del fallo presentado en fecha 07 de diciembre de 2011 por la ciudadana CARMEN TREJO, experta contable designada en el proceso. SEGUNDO: Se fija como estimación de la condena que deberá pagar la parte demandada al actor, la suma de NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON DIECINUEVE CENTIMOS (Bs.97.788,19).