este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: ROSARIO MAYURI PIÑA GRATEROL y SIMON FRANCISCO BOLIVAR MACHADO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de Identidad números V-13.314.000 y V-7.588.471, respectivamente, ambos de este domicilio y debidamente asistidos por el Abogado ERIK DURAN BEJARANO, Inpreabogado No.101.722; En consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha: 19 de julio del año 1991, ante la Prefectura Civil de San Javier-Marín del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, según copia certificada del acta de matrimonio signada con el Nº 52