En fuerza de los razonamientos anteriores, este tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara CON LUGAR la demanda de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA CIUDADANA AYARIS POELLY BEVERLYN CEDEÑO DE OJEDA, que corre inserta en los libros de registro civil del año 1974, acta N° 783, folio 96, Libro 3, Tomo 2 y que corre inserta al folio tres (03) del presente expediente, en el sentido de corregir su tercer nombre “BERVERLYN” siendo el verdadero nombre “BEVERLYN” sin el agregado de la letra “R”, cuyos errores se tratan de subsanar y como en efecto se subsanan.-