este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante recurrente en contra de la decisión dictada en fecha 31 de Octubre del 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FP02-L-2010-000135, que declaró sin lugar la demanda. SEGUNDO: Se MODIFICA el fallo recurrido en consecuencia, se declara Parcialmente Con Lugar la Demanda y se condena al accionado a cancelarle al actor los conceptos y montos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. TERCERO: No hay condenatoria en costas dadas las características del fallo. CUARTO: Se ordena el pago de los intereses moratorios sobre la cantidad de Bs. 20.527,5, por el concepto ordenado a pagar (las indemnizac.....