Se dictò Sentencia Interlocutoria mediante el cual el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: "SIN LUGAR" la oposición planteada y ordena proseguir el proceso hasta su definitiva conclusión. Así se decide.