este TRIBUNAL RETASADOR COLEGIADO, legalmente constituido mediante acta levantada por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipio Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Guama, Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: Parcialmente con lugar la solicitud de retasa hecha por la parte intimada en este asunto, por lo que en la presente estimación de honorarios por las actuaciones realizadas por el demandante identificado en el juicio de reconocimiento de unión concubinaria antes señalado, los jueces de retasa consideran como remuneración justa y éticamente equilibrada por tales actuaciones la suma de: DOSCIENTOS VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA BOLIVARES (Bs. 221.840,oo), Los que deberán ser cancelados por el Ciudadano: FRANKLIN TAUFIC RODRIGUEZ PALACIO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 10......