Se dicto SENTENCIA INTERLOCUTORIA, en la presente causa de OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, DECLARA de OFICIO la Perención anual de la Instancia en el presente juicio incoado por la ciudadana: DANIELA ALEJANDRA LAREZ CONTRERAS, en contra del ciudadano RAMON ELIGIO APARACIO, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 267 Ordinal 1º Código Procedimiento Civil, concordancia con el artículo 269 ejusdem, y en tal virtud declara; extinguido el presente juicio. Se deja constancia que la presente sentencia, no fueron dializados el día correspondiente 15/12/2016, debido a fallas en el servidor del sistema Juris 2000, el cual fue enviado a la Ciudad de Caracas, para su reparación según información suministrada por el personal Técnico.-