En fecha 13/02/2012, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la Solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de los Efectos del Acto Administrativo impugnado, mediante la cual la Sociedad Mercantil INVERSIONES BUFALLO, C.A., por intermedio de su apoderada judicial abogada en ejercicio MARIA JIMENEZ FREITES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.908.014, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 118.040, de este domicilio, solicitó la suspensión de efectos de la Providencia Administrativa Nº 2011-170, de fecha 16 de marzo de 2.011, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, que declaró CON LUGAR la Solicitud de Reenganche y Pago de Salarios Caídos, del ciudadano JESUS RAMOS, venezolano, m.....