DISPOSITIVA.
En mérito de todos las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio 185-A, presentada por el Ciudadano: LUIS ALEJANDRO MORENO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-10.217.291, en contra de la Ciudadana: YANDIRA DEL VALLE MOYA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.443.535y de este domicilio, y en consecuencia de ello, queda DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los Ciudadanos LUIS ALEJANDRO MORENO NUÑEZ Y YANDIRA DEL VALLE MOYA, fecha Ocho (08) de Febrero de Mil Novecientos Noventa y Cinco (1.995), por ante la Sub-Prefectura del Municipio Foráneo El Palmar del Estado Bolívar, actualmente Registro Civil.....