CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos y en base a las disposiciones legales citadas, este Tribunal de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite el siguientes pronunciamiento:
Primero: Declara con lugar la Solicitud Fiscal y Califica la aprehensión de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, anteriormente identificados, como Flagrante, por su presunta participación en el hecho delictivo imputado por el representante Fiscal Auxiliar Noveno del Ministerio Publico del Estado Yaracuy, como es el delito de HURTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto en el articulo 1 con las circunstancias agravantes del articulo 2, numerales 4 y 5 de la Ley Sobre el Robo y el Hurto de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano Néstor Antonio River.....