Luego de una revisión de de las actas que conforman el presente expediente se evidencia que los solicitantes establecieron su último domicilio conyugal en la dirección siguiente: Ciudad Piar, Sector San José de Tocomita, Casa Nº 25, Calle Principal, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar; bien se aprecia que el ultimo domicilio conyugal de los solicitantes se encuentra ubicado fuera de la Jurisdicción de esta Tribunal, en consecuencia, este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, se declina la competencia al Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Raúl Leoni del Estado Bolívar, a fin de que conozca de la presente causa.
De conformidad con lo estipulado en el articulo 69 ejusdem, este tribunal dejará transcurrir cinco (5) días a los fines de que las partes ejerzan su derecho de regulación de competencia. Vencido como sea el lapso antes mencionado, y definitiva como quede la presente decisión, se remitirá la presente solicitud .....