Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sifontes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL FALLECIDO LUIS ALBERTO AGUINAGALDE TORRES, a la ciudadana YASMIN EDIANNYS LOISBETH AGUINAGALDE PALMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-27.252.930 y al ciudadano EDWIN ALBERTO AGUINAGALDE PALMA, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nº V-25.446.991, respectivamente, en su condición de hijos. Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros.- Devuélvanse las originales de estas actuaciones a la solicitante. Se acuerda expedir un (01) juego de copias certificadas el cual deberá consignar la part.....