En fecha 13/08/2009, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO BOLIVAR EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la acción intentada por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos derivados de la relación laboral incoada por el ciudadano ELBIS URBANEJA, en contra de la empresa GRANDA C.A. Así se decide.-
SEGUNDO: No se condena en costas a la empresa demandada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 64 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Y ASÍ SE DECIDE.-