En razón de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Cocorote, Independencia y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de desalojo de inmueble basada en el artículo 34.b) de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, intentada por la ciudadana SOL EMILIA PUERTA, inicialmente asistido y luego representado por el abogado en ejercicio de su profesión Jairo Ariel Ríos, contra el ciudadano SILVIO QUERALES, representado por el abogado en ejercicio de su profesión Wilfredo Requena, en consecuencia...