Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por la ciudadana ALISSON BRUCES, Abogada en Ejercicio y de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 124.642, en su condición de Apoderada Judicial de la Parte Demandada Recurrente; en contra del Auto de fecha 19 de Marzo del 2010 proferido por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz.
SEGUNDO: SE REVOCA el Auto Recurrido, dictado en fecha 19 de Marzo del 2010, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del E.....