Ahora bien, en el caso que nos ocupa, el solicitante del procedimiento de Consignaciones de Cánones de Arrendamiento de Local Comercial, debe cumplir con lo establecido en las normas antes transcritas con la finalidad de realizar los pagos de su obligación arrendaticia dirigiéndose a la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE) .- Así se Establece.-
Por los razonamientos antes expuestos , este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE la solicitud de consignación de cánones de arrendamiento, de conformidad con lo establecido en el articulo 341 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el articulo 7 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial