Por todas las consideraciones y motivos anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA de la De Cujus Dhyone Gizeth Arno Gruber, quien era de nacionalidad venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº: V-13.216.224, fallecida en Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, en fecha: Tres (03) de Julio del año Dos Mil Dieciocho (2018), a su madre: Gisela Mercedes Gruber Petit; ya identificada. Así se decide expresamente.
Expídase por Secretaría, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedim.....