´´este Tribunal en base a las declaraciones escuchadas, así como el material probatorio aportado en el presente asunto, de conformidad al artículo 936 del Código de Procedimiento Civil declara como Heredero del (la) De Cujus CARLOS AHUGUSTO BARCELO MILANO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-27.252.165, falleció ab- intestato el día 07 de agosto del 2025 , tal como se evidencia en el acta de defunción Nº 64, del año 2025, emanado del Registro civil del Municipio Roscio, estado Bolívar, a la ciudadana BETZAIDA KARINA MILANO, venezolana, mayore de edad, titular de la cédula de identidad número V-13.717.670, , en su condición de madre.Así se decide.´´