En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, dispone lo siguiente:
PRIMERO: Se ordena la Declinatoria de Competencia de la presente causa al Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer - extensión Tumeremo, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 58 y 62 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese el correspondiente oficio. CUMPLASE
JUEZA PRIMERA DE EJECUCION (VCM)
ABGA. KARINA RICO MARIN
LA SECRETARIA DE SALA
ABGA. ANDREA BOMPART