El Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, la solicitud de Obligación Alimentaria intentada por la ciudadana: CARMEN MARIA MORENO, contra el ciudadano: FRANCISCO EZEQUIEL RONDON GONZALEZ, supra identificado en autos. En consecuencia y con la finalidad de evitar repeticiones de solicitudes, proveer a una justicia gratuita y sin dilaciones indebidas, y vista la necesidad de fijar en salarios mínimos el monto de la Obligación Alimentaria, tal como lo establece el último aparte del artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes, este Tribunal, fija como Obligación Alimentaria el monto del CINCUENTA POR CIENTO (50%) de un salario mínimo, el cual está establecido actualmente en la suma de QUINIENTOS DO.....