DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: Con Lugar, el Recurso de Apelacion ejercido por la Abog. EGLIS GONZALEZ, en su condición de Fiscal Auxiliar Novena del Ministerio Publico, en Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, y que con tal carácter actúa en la presente causa seguida en contra del adolescente procesado Identidad Omitida; proceso seguidole por su presunta participación en la comisión del ilícito de ROBO AGRAVADO y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES.
En consecuencia se ANULA conforme a los artículos 26 primer aparte, 49 Nuestra Carta Magna, concatenados a los artículos 190, 191 y 314, todos de la Ley Penal Adjetiva la decisión de fecha 01 de Julio del 2008, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado .....