El tribunal visto lo expuesto declara culminada la audiencia y DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Así se declara. Se homologa el desistimiento presentado por las partes. En este acto se devuelven las pruebas aportadas por las partes y se ordena EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, previo cumplimiento de las formalidades administrativas.