En mérito de las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy; Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de a Ley, declara SIN LUGAR, la solicitud de PRIVACION DE GUARDA ( actualmente Responsabilidad de Crianza ) presentada por el ciudadano por el ciudadano RAMON JOSE PACHECO SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.320.399 domiciliado en la carrera 3, calle 3 casa Nº 3-10,Santa Isabel Barquisimeto, en su condición de padre de la hoy adolescente "Identidad Omitida de conformidad con el art. 65 de la LOPNNA", asistida por la Defensa Publica de la circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en contra de la ciudadana ROSAURA COROMOTO CAÑIZALEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.693.579, domiciliada en Sabanita 4 urbanización Santa Eduvi.....