De acuerdo a las consideraciones expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO:NIEGA, el recurso de apelación interpuesto en fecha 09 de Octubre de 2023, contra el auto de fecha 03 de Octubre de 2023, el cual consta al 184 y vuelto del expediente, por la abogada JOSEFINA PERFETTI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número V-11.646.568, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 86.292, en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil "CAUCHOS RIO APURE, C.A", debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, bajo el número 19, Tomo 26-A, de fecha 21/12/2009.SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.