DECLARA:
PRIMERO:CON LUGAR, la SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, efectuada por los ciudadanos MENDOZA PARRA DINORAH YSABEL y GARRIDO ROMERO ASDRUBAL OSWALDO, venezolanos, mayores de edad, hábiles en derecho, titulares de la cédula de identidad N° V- 7.911.779 y V- 7.582.742 respectivamente, y domiciliada la primera en el Desarrollo Habitacional La Hacienda, avenida 1, casa N° 31, municipio Independencia, estado Yaracuy y el segundo en la calle 14, entre avenidas 13 y 14, sector Caja de Agua, casa N° 76, municipio San Felipe, estado Yaracuy, asistidos por el abogadoSANTOS PLAZA HÉCTOR JAVIER, inscrito en el Inpreabogado con el N° 176.312. En consecuencia, se DECRETA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que los unía y contraído entre los ciudadano MENDOZA PARRA DINORAH YSABEL y GARRIDO ROMERO ASDRUBAL OSWALDO, arriba identificados, en fecha diecisiete (17) de diciembre de dos mil cuatro (2004), ante el Registro Civil del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, tal como se evidencia en las c.....