este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 482 Código Orgánico Procesal Penal, procede a practicar cómputo de la pena :Se determino que fue detenido el 14-01-06 hasta la presente fecha por lo que lleva detenido dos 2 años diez 10 meses y catorce 14 días por lo que se evidencia que el penado puede optar al beneficio de DESTACAMENTO DE TRABAJO habiendo cumplido 1/4de la pena en fecha 14-01-2009 RÉGIMEN ABIERTO habiendo cumplido 1/3 parte de la pena en fecha 14-01-2010 la LIBERTAD CONDICIONAL habiendo cumplido ¾ partes de la pena en fecha 14-01-2014 y la gracia del Confinamiento habiendo cumplido ¾ partes de la pena en fecha 14-01-2015