Así las cosas de acuerdo a la norma analizada este JUZGADO CUARTO (4º) DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, SEDE CIUDAD BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad De la Ley declara: DESISTIDA la presente demanda por Acreencias Laborales y Salarios Caídos, interpuesta por JONAYKER SMITH ANDRADE DIAZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 26.569.778, contra MERCADO CINDY 2018, C.A., Y visto que el desistimiento es del procedimiento y esta extingue solo la instancia, la misma puede ser propuesta nuevamente transcurridos los noventa (90) días continuos. Se da por concluida la presente audiencia y se ordena PUBLICAR, SELLAR Y FIRMAR en esta misma fecha la presente sentencia. Déjese copia en el compilador respectivo. Entréguese copia al demandado la cual ha sido solicitada en este acto por la co apoderada del demandado. Es todo, se leyó conform.....