Por todo lo antes sostenido, este Tribunal Tercero del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en atención a lo previsto en el ordinal a) del artículo 34 de la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda de desalojo interpuesta por el ciudadano MIGUEL RICARDO VASQUEZ URDAY, en contra de la ciudadana MARIA DEL VALLE MARTINEZ ECHEVERRIA. ASI SE DECIDE.
En consecuencia de lo decidido se condena a la ciudadana MARIA DEL VALLE MARTINEZ ECHEVERRIA en lo siguiente:
PRIMERO: Al desalojo del inmueble constituido por una casa ubicada en el Barrio Marhuanta, zona de ensanche, en la prolongación de la Avenida Upata, de esta ciudad, la cual se encuentra enclavada sobre una parcela de terreno de mil seiscientos dos metros cuadrados con treinta y un centímetros cuadrados (1601,31 m2) y se encuentra comprendida dentro de los siguientes lin.....