Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el ciudadano JOSE DE ALMEIDA PINTO, en su carácter de administrador principal de la sociedad mercantil CORPORACIÓN PLAZA ATLANTICO, C.A., asistido por el abogado GIAN CARLOS MELCHIONNA E., en contra del presunto agraviante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Transito de este Circuito y Circunscripción Judicial, a cargo de la Jueza MARINA ORTIZ MALAVE. Todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil.-