Por lo anteriormente expuesto, y siendo que en el caso bajo estudio no compareció la parte actora ni mediante su representación judicial a la celebración de la Audiencia de Juicio, debe este Juzgado declarar la consecuencia jurídica prevista para tales efectos al considerar desistido el proceso, y en consecuencia, éste Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: DESISTIDO EL PROCESO en la causa intentada por RECURSO DE NULIDAD CONJUNTAMENTE CON ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL, interpuesto por la ASOCIACION DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE C.V.G. FERROMINERA DEL ORINOCO (ASOJUPFO), representada por los ciudadanos EDUARDO BOCCARDO, NOEL GRILLET, EUDE MORENO, VESTALIA DE ORELLANA Y SIMON MAURERA, respectivamente, contra la CLÀUSULA 107 NUMERAL 18º Y CLÀUSULA 184 DE LA CO.....