Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Tercero De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas Del Municipio Caroní Del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la demanda por REIVINDICACION DE INMUEBLE seguida por la Sociedad Mercantil PLANICONTROL C.A. ya identificada contra el ciudadano JOSÉ LUIS ZAPATA RENDON, sobre el inmueble constituido por una (01) parcela de terreno, identificado con el Nº Parcelario UD-307-34-10, en la Urbanización Curagua, Puerto Ordaz, Ciudad Guayana, Municipio Caroní del Estado Bolívar, con una superficie de Trescientos Noventa y un Metros Cuadrados con Noventa y Seis Decímetros Cuadrados (391,96 M2) cuyos linderos y medidas son las siguientes NORESTE: una línea recta de Treinta Metros con Quince Centímetros (30,15 Mts) con las parcelas Nros. 307-34-08 y 307-34-09, que es o fueron propiedad de la Corpo.....