En mérito de las anteriores consideraciones, Este Juzgado del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE AUMENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, formulada por la ciudadana PETRA MARIA ANDRADE: Plenamente identificada en autos, contra del ciudadano: HERIBERTO ANTONIO PERAZA, identificado en auto y fija por concepto de AUMENTO DE PENSION DE ALIMENTO, tomando como base el particular Quinto de esta decisión la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) mensuales que el obligado deberá a pasar a su hijo IDENTIDAD OMITIDA, a partir del marzo (13-03-06), los cuales deberá depositar el demandado de autos, en la cuenta Bancaria que posteriormente aperturara la madre de su hijo, antes mencionado, ciudadana: PETRA MARIA ANDRADE, en el Central Banco Universal a nombre del niño: IDENTIDAD OMITIDA, a partir del mes de Marzo del año e.....