En fecha 14 de febrero de 2010, el Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que el tribunal competente para sustanciar el recurso de invalidación interpuesto contra la sentencia definitivamente firme dictada en fecha 19 de enero de 2010, en el juicio incoado por la ciudadana CAROLINA SANTAMARIA contra las empresas CENTRO HIPICO ORIENTE C.A. y CENTRO HIPICO YURUARI C.A., es el Juzgado Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en Ciudad Bolívar que dictó la decisión, con la salvedad que de no lograrse la mediación en una audiencia de conciliación, el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, previo recibo de la contestación y de las pruebas que consideren pertinentes las partes promover, para lo .....