En fecha 14/03/2012, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, a favor de la quejosa, Sociedad Mercantil C.V.G. VENALUM, C.A.
A los fines de dar cumplimiento al decreto de MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA in comento, se ordena el traslado del Tribunal a las instalaciones de la empresa accionante CVG VENALUM, C.A. y se fija el día 15 de marzo de 2012, a las 09 30 a.m. para practicar la misma.