Se dictó sentencia declarándose CON LUGAR LA DEMANDA POR EJECUCIÓN DE FIANZA incoada por el ESTADO BOLÍVAR contra la sociedad mercantil PROSEGUROS S.A. en consecuencia: 1) Se CONDENA a la demandada a pagar la cantidad de doscientos treinta y dos mil seiscientos setenta y siete bolívares con setenta y ocho céntimos (Bs. 232.677,78), al ESTADO BOLIVAR por concepto de reintegro de la cantidad entregada como anticipo y ejecución de la fianza de fiel cumplimiento. 2) Se CONDENA a la sociedad mercantil PROSEGUROS S.A. al pago de las costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicable conforme a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, en razón de haber resultado totalmente vencida en la presente causa.