Por tanto, es necesario, con el objeto de verificar la regularidad del proceso que nos ocupa, continuar con el desarrollo del esquema del procedimiento, y siendo que el procedimiento voluntario de yacencia, se inobservaron formas procesales de necesario cumplimiento para que produzcan los efectos jurídicos que establece la ley, por ser el procedimiento de orden publico, quien aquí suscribe DECLARA:
PRIMERO: La reposición de la causa al estado en que se encontraba para la fecha de 09/06/2011, es decir el auto de admisión a los fines de que se cumpla con la notificación del Curador designado ciudadano RAMON ANTONIO MONSALVE, comparezca ante este Tribunal dentro de los tres días de despacho siguiente a su notificación, en el horario comprendido de 8:30 a.m y 3:30 p.m y manifieste su aceptación o excusa al cargo recaído en su persona de CURADOR de la herencia yacente del causante, Jhony Peters Gantuz Cortazar, y en caso de aceptación preste el juramento de ley, para lo cual se ordena li.....