Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos ANGEL EDUARDO ROJAS RODRIGUEZ y YANNIS JANELA AGUILERA ORTIZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad bajo los Nros. V-28.161.734 y V-27.732.800, respectivamente, en fecha 04 de mayo de 2018, por ante el Registro Civil Parroquia Vista Al Sol, San Félix, Municipio Caroní del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Nro. 48, Libro Nro. 1 del año 2018, acompañada a la presente causa. La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del que fue esposo y ambo.....