En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ALEXI RENE PERDOMO, en su carácter de apoderado de la parte demandada, en contra de la sentencia interlocutoria de fecha 02-11-2.004, dictada por el Juzgado Segundo del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Queda así REVOCADA la anterior sentencia mediante el cual declara sin lugar la oposición a la medida preventiva de secuestro ejecutada en fecha 28-10-2.004.