PRIMERO: CON LUGAR, la demanda POR RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, seguido por la ciudadana HOVELIS DEL CARMEN RIVAS, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, con Cédula de Identidad Personal N° V-14.066.555, con domicilio en El Callao, Municipio El Callao del estado Bolívar, en contra de la ciudadana ERMY MARIA ARÉVALO AGUILAR, venezolana, mayor, de edad, titular de la cédula, de identidad Nro. V- 15.348.771, con domicilio en El Callao, Municipio El Callao del estado Bolívar. En consecuencia, se tiene como reconocido judicialmente en cuanto a su contenido y firma, el documento privado promovido en el presente proceso. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, en Virtud de la naturaleza el fallo proferido.