" Este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, por cuanto dicha transacción no vulnera derechos irrenunciables, ni normas de orden público, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo le imparte la HOMOLOGACION correspondiente, dándole efectos de la Cosa Juzgada.