Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto (5to) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: I.) NULO y SIN VALOR ALGUNO el Dictamen Pericial presentado por el Experto Contable ADRIAN SUFIA , cursante desde el folio 14 al 30, de la séptima pieza del Expediente FP11-L-2006-001292; 2.) ESTE TRIBUNAL SE APARTA POR COMPLETO del informe pericial ya mencionado por estar alejados de la realidad ; 3.) A los fines de salvaguardar los derechos de las partes y hacer del fallo un fallo ejecutable ORDENA la practica de Experticia Complementaria del Fallo, la cual debe ceñirse estrictamente a lo ordenado en la sentencia emanada de el Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz , en fecha veintitrés (23) de .....