´En el mérito de las motivaciones antes expuestas este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 27, 49 ordinal 1ro, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el ordinal 1 del artículo 6 de la Ley de Orgánica de Amparos Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, incoada por el ciudadano DAVID ERNESTO LOPEZ PACHECO, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 57.789, en su carácter de co-apoderado judicial de la SOC. MERC. MARINE ENGINEERING SERVICES C.A., identificada en autos, contra las actuaciones desplegadas por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, T.....