Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadana abogada DAMELIS DE SOUSA asistida por los abogados José Miguel Suarez y Oscar Ventura Martinez Freites, y los ciudadanos ELIZABETTY FERREIRA DE SOUSA, ANTONIO FERREIRA DE SOUSA, MAIKELINA FERREIRA DE SOUSA representados por el mencionado abogado José Miguel Suarez, contra la decisión de fecha 17 de Febrero de 2.010, que declara con lugar la inhibición planteada por la Abogada ROEMYRA NAVARRO, en su condición de Jueza Ejecutora de Medidas, dictada por EL JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVA.....