´Por las razones precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRANSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la denuncia por FRAUDE PROCESAL VIA INCIDENTAL, interpuesta por el ciudadano Jorge Luis Mendoza, abogado, inscrito en el IP SA bajo el N° 113 184, en representación de la parte demandada, ciudadana Carmen Victoria Rivero Armas, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No V-31.269.481, alegado en la contestación de la demanda en fecha 23/07/2025, del Juicio principal por Simulación de Venta. 
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dadas la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes por cuanto la presente decisión se dicta fuera del lapso legal.´