El Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, de Trabajo y de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de REVISION DE PENSION DE ALIMENTOS. Propuesta por el ciudadano LUIS RAFAEL TIZAMO MARIÑO, en contra el ciudadano LUIS RAFAEL MATUTE, ambos identificados en autos. De conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en este proceso. Queda así CONFIRMADA la sentencia dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar de fecha 17 de Julio de 2006.- Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta.-