Se dictó y público sentencia definitiva N° PJ0172016000125, mediante la cual se declaró: Primero: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido por las apoderadas judiciales de la parte demandada, contra de la sentencia dictada por el Tribunal a quo, de fecha 21/04/2016. Segundo: NULA la sentencia recurrida de conformidad con lo establecido en los artículos 243 ordinal 5º y 244 del CPC. Tercero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de desalojo conforme a lo previsto en el artículo 40, ordinales "a" e "i" del Decreto con Rango Valor... En consecuencia: a) Se condena a la parte demandada al desalojo y entrega material del inmueble arrendado. b) Improcedente la causal del literal "e" del artículo 40 del Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento inmobiliario para el uso comercial. Cuarto: Por la naturaleza del fallo no hay condenatorias en costas. Así se decide.