DIPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Protección de Niños, Niñas y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCION DE COMPRA-VENTA le sigue la ciudadana SAYDA JOSEFINA DIAZ contra la ciudadana ENI MARISOL ANGELINI ROJAS, y SIN LUGAR la reconvención propuesta por la demandada reconviniente contra la parte actora reconvenida SAYDA JOSEFINA DIAZ, ambas partes ampliamente identificados ut supra y en virtud de ello se condena a la ciudadana ENI MARISOL ANGELINI ROJAS a que cumpla con lo pactado en el documento de opción a compra celebrado con la ciudadana SAYDA JOSEFINA DIAZ, recaído en el inmueble constituido por un apartamento distinguido con el No. 02-02, bloque B-05, edificio No. 2, el cual for.....